El derecho a la rebelión, es más
vigente que nunca, convierte el derecho a la resistencia en una elección
consciente que en colectivo es una fuerza transformadora. En una sentida y
meditada reflexión, en la más sublime, artística o elemental denuncia, en toda
protesta social, pasando por la naturaleza del surgimiento y desarrollo de los
movimientos insurgentes armados, hasta en la búsqueda de soluciones políticas
negociadas como expresión popular. En todas estas, hay una expresión humana que
contiene la defensa por la vida y allí hay una chispa de rebeldía.
El derecho a la rebelión es más
antiguo que la noción del Estado moderno, como medio de redención de los
pueblos oprimidos: En la historia de la humanidad, la resistencia no constituía
delito alguno, sino un derecho. En los siglos 15 y 16 era el tiranicidio medio
de redención de los pueblos oprimidos cuando no hubiese otra forma distinta de
solución.
En el siglo 17, en Inglaterra,
fueron destronados dos reyes por actos de despotismo, la tiranía asimilada a la
monarquía, seguido del nacimiento de la filosofía política liberal que rompe
las bases del feudalismo que justificaba el derecho divino, y al que se opuso
el principio del Contrato Social. Estas nuevas ideas fueron de fundamento para
la Revolución Inglesa de 1688, las revoluciones americana de 1775 y la
Revolución Francesa desde 1789; A su vez estos acontecimientos abrieron el
proceso de liberación de las colonias españolas en América y la práctica del
derecho de los pueblos a la violencia emancipadora. Dentro de las más
sobresalientes la guerra de independencia de México, la guerra revolucionaria de liberación
nacional por Túpac Amaru en 1780; la
independencia revolucionaria de Haití entre 1791 y 1804 y el último en
independizarse Cuba en 1895.
La historia evidencia que pasa
cuando el tirano rompe el pacto social y se convierte en un gobernante agresor
injusto de su pueblo. Este último asume la defensa individual o colectiva para
deponerlo, obligado cuando todos los mecanismos pacíficos de reclamo fracasan,
pasa por la desobediencia civil, hasta defenderse con el uso de la fuerza, es
decir, a entrar en insurrección contra la tiranía a través de la rebelión
armada. En la necesidad de amparar derechos ciertos e indiscutibles, ante la
inexistencia de otro medio idóneo para evitar o repeler el abuso y ataque, la
injusticia de la agresión, la actualidad o inminencia del peligro.
Esta dinámica es la que ha
llevado históricamente al desarrollo progresivo de niveles superiores en las
relaciones sociales, económicas y políticas de poder, y de exigencia de los
derechos y de las libertades, en una continua espiral.
En el siglo XX aparecen nuevas
formas de imperialismo para oprimir y explotar a los pueblos. Con el triunfo de
la revolución cubana y el auge de la guerra fría en los años 60 la política
norteamericana se orientó a impedir y a enfrentar el desarrollo de procesos
revolucionarios, progresistas o reformistas en la región. Se diseñó entonces
una nueva doctrina de seguridad y de estatutos a seguir en cada escenario que
desarrollarían las autoridades políticas y militares de cada país. Entonces lo
que tendría que haberse resuelto por la vía del diálogo, la concertación y las
reformas, en beneficio de las mayorías fue lo que alimentó por medio de la
represión las nacientes insurgencias, grupos guerrilleros y rebeldes en cada
país. Luego de los atentados del 11 de
septiembre de 2001 los EEUU ven una nueva oportunidad de estigmatizar la
protesta social y en adelante, las acciones de los grupos insurgentes serán
señaladas inequívocamente como acciones terroristas y ya no se hablará de
grupos guerrilleros, sino de movimientos terroristas.
Asumiendo al rebelde ahora como
terrorista, han pretendido su aniquilamiento, haciendo más difícil la
resolución de los conflictos de forma honesta, responsable, justa y digna hasta
el día de hoy. Ante el abuso del poder y la respuesta violenta llamada guerra
sucia por parte del estado, que ve a su población como enemigo interno.
Sin embargo el derecho a la
resistencia, el derecho a la rebelión, han sido reconocidos a través de la
historia y a su manera diplomática los estados la han venido ajustado a sus
condiciones y relaciones políticas. Como referente esta la Declaración Universal
de los Derechos Humanos e 1948, en cuyo
preámbulo consagra: "Considerando esencial que los derechos humanos sean
protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea
compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión".
Existe la Declaración de Argel o Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos, de 1976 que es de gran importancia, promulgada por los pueblos del Tercer Mundo, los pueblos explotados, los pueblos víctimas de la expoliación imperialista. Es un llamado a la unidad solidaria de los pueblos del sur para el derribamiento de las estructuras nacionales e internacionales del imperialismo y los sistemas coloniales. En el artículo 28 de esta declaración, se lee: "Todo pueblo, cuyos derechos fundamentales sean gravemente ignorados, tiene el derecho de hacerlos valer especialmente por la lucha política o sindical, e incluso, como última instancia, por el recurso de la fuerza".
Fuente de referencia:
Libro ¿Terrorismo o Rebelión? Propuestas de Regulación del Conflicto Armado. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo. Bogotá. 2001. 1vol. Título I El Delito Político en Colombia Descargue Libro Aquí
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