Comisión de Seguimiento a la Vida en Prisión XI Informe

La Comisión de Seguimiento presentó a la Corte Constitucional su INFORME N°11 de Seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional del Sistema Penitenciario y Carcelario. La Comisión que efectúa seguimiento de la SENTENCIA T-388 de 2013 está integrada por numerosas organizaciones de la sociedad civil desde hace una década, recientemente entregó como insumo su informe para abordar las problemáticas identificadas y valorar el estado actual de la crisis del sistema carcelario que continúa atentando contra la dignidad humana y los derechos fundamentales de las personas detenidas. Este informe es resultado de visitas a varios centros penitenciarios, grupos focales con familiares de personas privadas de la libertad, derechos de petición y análisis de documentos oficiales.

Tres dinámicas generales fueron identificadas durante el periodo 2022-2023 de acuerdo con el informe:

  1. El desgobierno de los centros de reclusión: con base en la Ley 65 de 1993 se otorgó una serie de facultades a los directores de los establecimientos, entre otros la de expedir el reglamento interno de cada cárcel, como resultado existen profundas diferencias en la regulación relacionadas con la calidad de vida y garantía de los derechos fundamentales en la cárcel, como los servicios de alimentación, el uso de la infraestructura, los programas de resocialización y los protocolos de visita. Además, la discrecionalidad da pie para arbitrariedades, abuso de poder y corrupción en el manejo de algunos establecimientos.
  2. La falta de coherencia en la agenda legislativa en materia de política criminal: ante iniciativas positivas por parte del gobierno de promover penas alternativas a la prisión como la Ley de Utilidad Pública para las madres cabeza de familia y la Ley de Humanización del Sistema Penitenciario, el Congreso lo archivó y sigue llamando a discutir proyectos de aumento de encarcelamiento, así como la oposición abierta a los intentos de reformar la política criminal.
  3. La dispersión de responsabilidades relacionadas con el hacinamiento en los Centros de Detención Transitoria: Ante el alto hacinamiento en las cárceles se acondicionaron las estaciones de policía, lo que exacerbó la crisis. La orden a los municipios de la construcción masiva de cárceles ha sido un reto difícil de cumplir, dispersó la responsabilidad en cientos de instituciones, lo que imposibilita hacer seguimiento adecuado y que el Estado actué de manera coordinada.

Adicional se presentaron hallazgos de:

-  Tortura y tratos crueles contra personas privadas de la libertad.

-  Vulneración a derechos de las familias de las personas privadas de la libertad.

-  Obstáculos de las instituciones a las visitas de la sociedad civil para la verificación de los derechos humanos, y

Limitaciones al acceso de información de contraste. 

La Corte Constitucional se pronunció por primera vez en la  Sentencia T-153 de 1998, luego se pronuncia y ratifica la existencia del Estado de Cosas Inconstitucional –ECI– del sistema carcelario en 2013 como un asunto de orden público,  y manifiesta:

“Existen indicios y evidencias del recurso excesivo al castigo penal y al encierro, lo cual genera una demanda de cupos para la privación de la libertad y condiciones de encierro constitucionalmente irracionables”.  

La crisis carcelaria en Colombia no ha desaparecido. A pesar de algunos esfuerzos del Estado para mejorar las condiciones de salud, alimentación, infraestructura y resocialización, estos resultan eventuales porque el problema de fondo es que la política criminal del país hace un uso excesivo de la cárcel. Se trata entonces de promover reformas estructurales en la política penitenciaria y jurídica.

El hacinamiento se ha convertido en un acelerador de todos los demás males, más cárceles y más cupos no sirve de nada si sigue entrando a prisión más gente de la que sale. En otras palabras, la superación del hacinamiento no se logra simplemente con la ampliación de la capacidad de reclusión, como se hizo en el pasado sin resultados sostenibles. Se debe abordar la problemática del hacinamiento de manera más integral, considerando alternativas a la prisión y evaluando detenidamente las medidas judiciales que permitan la liberación de aquellas personas que han excedido el tiempo legalmente estipulado en detención o reclusión. La construcción de nuevas cárceles no debe ser una solución aislada, sino parte de un enfoque más integral y efectivo para abordar la crisis penitenciaria.

La crisis carcelaria no ha desaparecido, al contrario, al improvisar las estaciones de política y las Unidades de Reacción Inmediata (URI) como Centros de Detención Transitoria, aumentó el hacinamiento en condiciones deplorables. La política criminal del estado se ha basado en la captura como solución a las causas de los problemas sociales no resueltos de su población en general, por lo que la crisis se mantiene y se agudiza con el endureciendo al trato penitenciario, las penas, la temporalidad y la persecución, usando la norma y la justicia de forma represiva, bajo la idea de cómo castigar y no del cómo prevenir. Aunado al negacionismo del estado colombiano de reconocer la condición de las personas privadas por motivos políticos, basado en el desconocimiento por décadas el conflicto social, armado y las causas de su origen, lo que ha ocasionado la ceguera para el análisis del delito sobre cómo tratarlo y prevenirlo. Así como se resiste al tema de la mujer y el derecho a la sexualidad y reproducción mientras estén privadas de la libertad, y la vulneración a demás orientaciones sexuales.

 Descargar XI Informe de la Comisión de Seguimiento 

Organizaciones participantes en el informe:

Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad – Dejusticia

Centro de Investigación en Política Criminal de la Universidad

Externado de Colombia

Colectivo Abolicionista contra el Castigo

Corporación Humanas Colombia

Corporación Equipo Jurídico Pueblos

Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos

Mujeres Libres Colombia

Centro de Estudios para la Sociedad y el derecho SINENCIERRO



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