Criminalización de la defensa de los derechos humanos en Colombia CSPP-2022

 CRIMINALIZACIÓN DE LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS 

EN COLOMBIA
Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos –CSPP-. 
Segunda edición, 2022 Bogotá D.C., Colombia.


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Resumen                                                                                   
En estos años, Colombia ha estado marcada por el fuerte estallido de movilizaciones sociales, permeado por la convulsión internacional. Pareciese existir a escala planetaria un creciente y generalizado agotamiento de los excesos del modelo neoliberal y sociocultural hegemónico. De otra parte, el esfuerzo del Gobierno de Iván Duque por cumplir con su promesa de “hacer trizas” ocasiono una tensión con una parte importante de la sociedad colombiana que clama por la superación del conflicto armado. A tal contexto se suma la pandemia mundial por el Covid-19, cuyos efectos han devenido en una crisis económica, social, ambiental y cultural sin precedentes. Tal entorno señala un marco bajo el cual la actividad de las personas defensoras de derechos humanos no se ha suspendido. Los procesos colectivos y las demandas sociales han recurrido a la protesta como el vehículo idóneo para visibilizar el deterioro en que se encuentran los derechos y reclamar la participación democrática en las decisiones.

Colombia es un país en el que la defensa de derechos humanos constituye una labor riesgosa, no sólo evidente en las abrumadoras cifras de homicidios y amenazas, sino también en las campañas de desprestigio que se materializan en su contra, las cuales alimentan los imaginarios colectivos desde la estigmatización de dicho activismo, como de quienes lo desarrollan. 


El análisis de algunos casos emblemáticos estudiados para este informe da cuenta de los siguientes patrones: 

1.       Un continuo de la noción de seguridad del “enemigo interno” que interpreta la crítica o reivindicación como un elemento peligroso a la seguridad del Estado, justificando desde allí un uso indebido del derecho penal.

2.       Los procesos a los cuales se ven sometidas las personas defensoras de derechos humanos generan en la opinión pública dos perspectivas: una dirigida a considerar como delincuentes a quienes participan de este ejercicio y otra con el objetivo de amedrentar a quienes deseen hacerlo bajo una advertencia incierta del inicio de procesos penales en su contra.

3.       El desarrollo mediático e investigativo de acciones tendientes a equiparar las convocatorias y las movilizaciones con delitos.

4.       La aplicación de medidas restrictivas y privativas de la libertad basadas en la idea de peligrosidad de la persona defensora de derechos humanos, relacionando agravantes para imponer medidas de aseguramiento y la exclusión de beneficios. Por lo que los procesos son más largos mientras están privadas de la libertad afectando el desarrollo de sus labores de liderazgo y rompiendo el tejido social en las organizaciones sociales y las comunidades de las que hacen parte.

5.       La creación de un discurso estigmatizante que justifique la labor de investigación penal contra las personas defensoras de derechos humanos y quienes ejercen la movilización social. De allí que, aun cuando los procesos terminen o los líderes deban enfrentarlos en libertad, la marca de la criminalización se cierne sobre ellos, a su buen nombre y al principio de presunción de inocencia, por lo cual son objeto de agresiones por grupos armados con posterioridad a la judicialización.


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